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domingo, 30 de junio de 2019

¿Cuál es la fecha limite para enviar la DIOT?

La mayoría de contadores,estamos en el  entendido que tenemos hasta el último día del mes,  para enviar la "Declaración de Información de Operaciones con Terceros (DIOT)", pero, ¿realmente es correcto?:

De acuerdo con el artículo 32 de la Ley del IVA, en el cual se mencionan las obligaciones de los contribuyentes que realicen operaciones del artículo 2 de la Ley del IVA,  en su fracción VIII dice lo siguiente:
  • Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información. 
Por lo anterior tendríamos a más tardar el día 17 del siguiente mes al que corresponda la información, es decir la DIOT del periodo de Mayo, se tendría hasta el 17 de Junio para presentar la DIOT.

Sin embargo, de acuerdo a regla miscelánea para 2019: 

  • 4.5.1. Para los efectos del artículo 32, fracciones V y VIII de la Ley del IVA, los contribuyentes personas morales proporcionarán la información a que se refieren las citadas disposiciones, durante el mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.
Como se puede leer, de acuerdo a regla miscelánea tenemos todo el mes, para presentar la información del IVA de proveedores.

 A partir del 1ero de septiembre, se derogó de la ley del IVA la retención de IVA del 6%, ahora bien muchos contadores pueden tener dudas de...