A partir del 1ero de septiembre, se derogó de la ley del IVA la retención de IVA del 6%, ahora bien muchos contadores pueden tener dudas de que pasa con las facturas que quedaron pendiente de pago al 31 de agosto y as cuales tenían retención de IVA, ¿Qué es lo que debo hacer?, primero me gustaría dejar clara una situación, el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) es un impuesto dinámico, es decir se causa efectivamente al cobro o pago (en la mayoría de situaciones, hay algunos supuestos que rompen con esto). En base a lo anterior si se tienen facturas pendientes de pago al 31 de agosto y se planean pagar a partir del 1ero. de septiembre del 2021, se tiene que solicitar refacturación ya sin la retención del IVA del 6%.
El presente tiene como objetivo ser apoyo para profesionistas de la materia de contabilidad,finanzas e impuestos.
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sábado, 16 de octubre de 2021
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